-Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci, S.C.

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL COMITÉ DE ÉTICA
  • INTRODUCCIÓN

  • La investigación clínica tiene la finalidad de mejorar el cuidado tanto del individuo que participe en los ensayos clínicos, como el cuidado de la población. Los datos obtenidos a partir de la investigación clínica incrementan el conocimiento médico acerca de los diversos padecimientos estudiados en los ensayos clínicos, brindando nuevas expectativas hacia el manejo y el tratamiento de estos padecimientos.

    La realización de ensayos clínicos se encuentra fundamentada a partir de los estatutos de las "Buenas Prácticas Clínicas" establecidas en la Conferencia Internacional de Harmonización (International Conference on Harmonization) en donde se especifican los siguientes puntos: a) todos aquellos individuos que conduzcan ensayos clínicos deberán estar calificados, entrenados y ser expertos para la adecuada ejecución de estos ensayos. Todas aquellas personas involucradas en el ensayo clínico deben contar con un amplio conocimiento del área en la que se realizará la investigación así como los procedimientos involucrados en la ejecución del mismo, lo que permitirá que su desarrollo se lleve a cabo de forma satisfactoria, cubriendo los estándares científicos requeridos por cada ensayo clínico; b) para la realización de cada uno de los ensayos clínicos es indispensable la obtención de un consentimiento informado por parte de los sujetos que participarán en la investigación. Este consentimiento deberá de ser obtenido de forma libre y previo a su inclusión en el estudio. La participación en cualquier ensayo clínico debe ser voluntaria y las personas que participen como sujetos de estudio deben conocer el motivo del estudio así como los procedimientos que se llevarán a cabo a lo largo de la investigación; c) toda la información del ensayo clínico debe ser registrada, manejada y almacenada de forma que permita una adecuado reporte, interpretación y verificación de los datos obtenidos; d) se debe mantener absoluta confidencialidad de los registros de cada uno de los participantes incluidos en el ensayo clínico, así como los datos arrojados por la investigación, para de esta forma, mantener protegida la identidad de los sujetos y, e) los productos de investigación deben ser manufacturados, manejados y almacenados de acuerdo con las buenas prácticas de manufactura, implementando los sistemas necesarios que aseguren la calidad científica de cada apartado que abarque el ensayo clínico.

    Por lo tanto, el seguimiento de las "Buenas Prácticas Clínicas" protege a los participantes en un ensayo, brinda soporte científico a la investigación e integridad a los datos obtenidos.

    Uno de los aspectos fundamentales en la realización de ensayos clínicos es la "Ética en la Investigación Clínica". La investigación en seres humanos, debe estar fundamentada en los estándares científicos aceptados y los procedimientos deben estar basados en experimentos realizados en laboratorio y con animales. Los protocolos de investigación en humanos deben ser revisados y aprobados por un comité de ética independiente para su consideración y aprobación.

    Los puntos que deben ser analizados por el Comité de Ética son los siguientes: a) conducción de la investigación por científicos calificados y un equipo de personas entrenadas, b) el derecho de un sujeto para salvaguardar su integridad física y mental debe ser respetada; c) la investigación debe prohibirse si los riesgos de la investigación no pueden ser predecibles y la investigación debe detenerse si los riesgos son mayores que los beneficios; d) el objetivo en la experimentación humana debe ser proporcional al riesgo inherente (la proporción riesgo-beneficio debe ser a favor del beneficio sobre el riesgo); e) todo ensayo requiere una evaluación cuidadosa de los riesgos predecibles comparados con los beneficios deseables en el sujeto y, f) el interés por el individuo debe prevalecer sobre los intereses de la ciencia y la sociedad.

    Todo protocolo aprobado por un comité de ética debe garantizar que las actividades de investigación propuestas minimicen el riesgo potencial a los sujetos y que los riesgos son razonables en relación con el beneficio anticipado y con la importancia y significado del conocimiento científico que se obtendría con la investigación.

    Además, el Comité de Ética debe garantizar que a) la selección de los sujetos sea equitativa para su inclusión en el ensayo clínico; b) cada ensayo clínico debe de contar con la obtención de un consentimiento informado escrito; c) se debe tener la infraestructura necesaria para la protección de la privacidad de los sujetos y mantener la confidencialidad de la información, y d) se debe cuidar y proteger a las poblaciones potencialmente vulnerables (mujeres embarazadas, fetos, niños, enfermos mentales, etc.)


    OBJETIVOS DEL COMITÉ DE ÉTICA

    El objetivo central del Comité de Ética será el de proteger los derechos de los sujetos que participen en la investigación, así como la protección de los derechos de los investigadores, los patrocinadores (en caso de haberlos) y los derechos de la Institución que patrocine la realización del ensayo clínico.

    Para el cumplimiento de este objetivo, el Comité de Ética deberá evaluar las propuestas de investigación y las cartas de consentimiento de los protocolos que sean candidatos a ser ejecutados en el Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci.

    CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA

    El Comité de Ética y de Investigación del Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci deberá de cumplir con los siguientes criterios de conformación:

  • Un mínimo de 5 miembros integrarán el Comité de Ética y de Investigación.

  • Los miembros deberán provenir de diferentes orígenes étnicos.

  • Los miembros deberán tener conocimiento propio o ser expertos en aspectos generales de actitudes sociales y culturales para salvaguardar los derechos de los individuos. Es importante que algunos de sus miembros cuenten con experiencia científica para la adecuada revisión de las actividades de investigación. Finalmente, debe de tener miembros con experiencia en el estudio de sujetos vulnerables como son los niños, prisioneros, mujeres embarazadas, discapacitados, y enfermos mentales.

  • El comité deberá tener representatividad de miembros calificados de ambos géneros y distintas culturas. El comité no deberá estar integrado por miembros de una sola profesión.

  • Por lo menos un miembro no deberá ser empleado o pagado por el Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci, ni tener relación familiar con algún miembro del equipo de la institución.

  • Deberá de contar por lo menos con un miembro no experto en áreas científicas y por lo menos uno con experiencia en el área de investigación científica.

  • El comité no deberá de tener miembros que participen en la revisión inicial o en el seguimiento de un proyecto cuando existan conflictos de interés.

  • El Comité de Ética podrá invitar a individuos competentes en áreas especializadas para asistir y asesorar en la aprobación de un proyecto en donde se requiere una amplio conocimiento. Estos individuos no podrán votar para aprobar o rechazar un protocolo.


    SELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE ÉTICA

  • La selección inicial para conformar el Comité de Ética y de Investigación se hará por invitación de candidatos para dirigir el comité propuestos por otras instituciones de acuerdo a su trayectoria académica y experiencia en derechos humanos.
  • La elección del candidato se hará por voto unánime de un representante del Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci, de un representante de las Asociaciones de Familiares de pacientes con enfermedad mental y de un representante de una Institución Gubernamental.
  • Los cargos de cada uno de los miembros del Comité de Ética serán determinados por consenso por el mismo Comité, así como la designación del presidente del mismo. En caso de que uno de los miembros retire su participación dentro del Comité de Ética, los miembros restantes designarán a un nuevo miembro tras entrevista con los candidatos y tendrá que ser voto unánime.

  • Cuando este conformado el Comité éste tendrá que ser registrado en la Secretaría de Salud.
  • El período de designación del cargo de cada miembro del Comité de Ética será indeterminado y solo se harán modificaciones en los cargos cuando sea solicitado por la mayoría de los miembros incluidos en el Comité, o cuando, alguno de los miembros forme parte del equipo de investigación del protocolo a evaluar.


  • Responsabilidades del Comité de Ética

  • La revisión inicial y seguimiento de cada uno de los protocolos que se deseen llevar a cabo y tiene la autoridad para aprobar, requerir modificaciones o desaprobar las actividades de investigación propuestas.

  • Aprobar o solicitar modificaciones (para su futura aprobación) del consentimiento informado escrito, el cual es un elemento indispensable en toda investigación, excepto en donde el riesgo es trivial (Encuestas).

  • Notifica a los investigadores y al Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci por escrito su decisión de aprobar o desaprobar la propuesta de una investigación o las modificaciones que se requieran para su futura aprobación.

  • Las modificaciones, aprobación o desaprobación de los protocolos se registrarán en una minuta de la reunión y se entregará al investigador principal en un plazo no mayor a una semana.

  • En caso de rechazar un protocolo se notifica por escrito al investigador principal las razones del rechazo y se le da al investigador la oportunidad de responder en persona o por escrito.

  • Realizará una revisión mensual de las investigaciones aprobadas para ver los avances y dificultades que se han presentado. Para cada revisión, se requiere de un reporte escrito por parte del investigador principal del progreso y eventos adversos asociados con el protocolo. El presidente del Comité de Ética revisará este reporte y determinará si se aprueba la continuidad del protocolo y si el riesgo es mayor al beneficio puede suspender la ejecución del protocolo, previa reunión con los miembros restantes del Comité. El Comité de Ética entregará por escrito, en un plazo no mayor a una semana, el resultado de la revisión mensual de cada protocolo.

  • El comité tiene la autoridad de observar o ser una tercera figura en el proceso de consentimiento y proceso de conducción de la investigación.

  • El comité podrá en cualquier momento solicitar al investigador un reporte de eventos adversos y a su vez el investigador deberá de enviar información de los eventos adversos serios que surjan durante el estudio o los que sean reportados de otros centros, así como enviar al comité cualquier modificación al protocolo o la carta de consentimiento para que sean revisados por el comité y emita su aprobación o desaprobación.

  • El Comité de Ética tendrá que emitir un dictamen de aprobación o desaprobación de un protocolo en caso de que exista un patrocinador.
  • El Comité de Ética deberá reunirse de forma bimestral para la evaluación de los protocolos que se encuentren en proceso. Asimismo, el Comité tiene la facultad para solicitar reuniones extemporáneas.
  • Deberá de realizar un informe anual de sus actividades a la Secretaría de Salud en los formatos establecidos por la Secretaría


    PROCEDIMIENTOS

    1.- Sometimiento de protocolos y cartas de consentimiento.

    Para que un protocolo pueda ser sometido para valoración por el Comité de Ética del Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci, se deberán seguir los lineamientos establecidos en los "Lineamientos y criterios del GEMFC para sometimiento de proyecto" (Anexo 1). Junto con los documentos especificados en los "Lineamientos y criterios del GEMFC para sometimiento de proyecto", el investigador principal deberá entregar el formato "Aplicación para la investigación en seres humanos" (Anexo 2), en el cual se condensa la información más relevante del protocolo y los procedimientos para su realización y el "Formato de Carta de Consentimiento" (Anexo 3)


    Para la revisión de cada uno de los protocolos propuestos para ser ejecutados en el Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci se siguen los siguientes pasos:

  • El investigador entregará la documentación requerida en las fechas especificadas en el Anexo 1.
  • Se realizará una reunión de presentación del protocolo con el investigador principal y los miembros del Comité de Ética y de Investigación del Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci. La presentación no será mayor a 15 minutos y se le podrá cuestionar al investigador acerca del protocolo.
  • Una vez finalizada la presentación, el investigador deberá de retirarse para que el Comité de Ética haga una revisión del protocolo y la carta de consentimiento del mismo.

  • En esta reunión se determinará la posible aprobación del protocolo, para lo cual se requiere del voto unánime de los miembros del Comité de Ética y de Investigación reunidos. Siempre deben de estar reunidos como mínimo 3 miembros.
  • La aprobación o desaprobación del protocolo se registrará en la minuta de la reunión y en el formato establecido de revisión y aprobación de protocolos de Investigación.
  • La comunicación del dictamen no será mayor a una semana y el presidente designado por el Comité de Ética brindará el dictamen del Comité al investigador principal y al patrocinador cuando sea el caso.

  • En el caso de que el protocolo de investigación y la carta de consentimiento sean aprobadas, éstos deberán llevar el sello del Comité de Ética y la firma del presidente del Comité.
  • La aprobación de un protocolo y su carta de consentimiento, tendrán una vigencia de un año, a partir del día en que se haya dictaminado su aprobación por parte del Comité.

  • 2.- Seguimiento de protocolos.

  • Las fechas para las revisiones mensuales de cada protocolo serán establecidas en la primera reunión, siempre y cuando el protocolo haya sido aprobado por el Comité de Ética.

  • El investigador principal tendrá la responsabilidad de entregar un reporte mensual de avances del estudio al presidente del Comité (Anexo 4).

  • Por su parte, el presidente del Comité tendrá la responsabilidad de evaluar el progreso del estudio y, en caso de no haberse presentado eventualidades, entregará su dictamen al investigador principal en un lapso no mayor a una semana.


    3.- Renovación anual.

  • La aprobación de un protocolo tiene vigencia de un año a partir de la fecha en la que fue aprobado inicialmente la investigación.

  • El investigador principal deberá renovar la aprobación del estudio una vez que se cumpla el año de vigencia para cual deberá completar el formato "Revisión Anual de Protocolo" (Anexo 5).

  • El presidente del Comité de Ética determinará la fecha de reunión del Comité con el investigador principal para la renovación del protocolo.

  • En esta reunión el investigador principal presentará los avances del protocolo, en un lapso no man si se aprueba o desaprueba la continuación del protocolo.

  • En el caso de que el protocolo haya finalizado o esté en proceso de finalización al momento de la reunión de seguimiento del Comité de Ética, deberá completar el formato "Reporte Final de Protocolo" (Anexo 6) y los resultados finales del protocolo serán presentados a los miembros del Comité de Ética.


    4.- Reporte de Eventos Adversos.

  • Será responsabilidad del investigador principal el notificar en cualquier momento la presencia de eventos adversos (Anexo 7).

  • El reporte de eventos adversos será entregado al presidente del Comité de Ética en un plazo no mayor a dos días después de que el investigador principal haya sido notificado del evento adverso.

  • Será responsabilidad del presidente del Comité, de acuerdo al reporte de eventos adversos, si se convoca a una junta extraordinaria con los miembros restantes del Comité para determinar si el protocolo de investigación continúa su ejecución o si este es cancelado.

  • El presidente del Comité notificará por escrito al investigador principal, el resultado de su evaluación o de la reunión llevada a cabo por el Comité con respecto a la implicación del evento adverso sobre la ejecución del protocolo.


    5.- Anuncios y propagandas de reclutamiento.

    Dado que cualquier anuncio utiliza el nombre del Centro o su logotipo, es importante que el anuncio tenga un mensaje apropiado y consistente acerca de la organización. Los anuncios deben reflejar lo que es el Centro, su trabajo y su visión, misión y valores. Para asegurar que los anuncios contengan este mensaje, algunos principios y consideraciones han sido creados para facilitar su consistencia.

  • El mensaje de reclutamiento para la investigación debe ser el primer mensaje en el anuncio para que éste no sea malinterpretado como propaganda del Centro.

  • El anuncio debe mostrar de forma clara que las personas interesadas deben cumplir con criterios específicos para participar en la investigación.

  • El anuncio debe indicar la forma en la que el público puede encontrar opciones de tratamiento por medio del enunciado "para saber sobre tratamientos y servicios para enfermedades mentales o problemas de adicción, puede contactar al Centro al 56 11 30 28".

  • Se debe considerar el empleo adecuado de palabras en el anuncio (i.e. evitar usar un lenguaje que refuerce el estigma y los conceptos inadecuados que se tienen sobre la enfermedad mental y las adicciones).

  • Cualquier anuncio o propaganda debe ser evaluada por el Comité de Ética y, en caso de aprobarse, deberá llevar el sello del Comité y la firma del presidente del Comité.


    6.- Enmiendas a protocolos y cartas de consentimiento.

  • En el caso de que se presenten enmiendas a los protocolos o cartas de consentimiento, será responsabilidad del investigador principal elaborar un documento en el que se especifique los siguientes puntos:
    1.- Especificación de los puntos en donde se hayan dado las enmiendas.
    2.- Razones para las enmiendas.
    3.- Fecha de la enmienda.

  • Junto con este documento, el investigador principal entregará al presidente del Comité el documento en extenso en el cual se haya realizado la enmienda.

  • Será responsabilidad del presidente del Comité, evaluar las enmiendas realizadas y determinar si estas son aprobadas o no por el Comité.

  • El dictamen sobre las enmiendas deberá ser entregado al investigador principal en un plazo no mayor a una semana.


    7.- Auditorias.

    El Comité de Ética tendrá plena facultad para realizar auditorias al protocolo y a los procedimientos de ejecución en el momento en que lo consideren pertinente. Estas auditorias pueden incluir la revisión presencial de cualquiera de los procedimientos que se lleven a cabo durante la investigación (p.ej., asistencia a la sesión en la que se obtiene el consentimiento informado).

    En el caso de que algún miembro del Comité detecte alguna anomalía por parte del investigador principal, los co-investigadores o en alguno de los procedimientos de investigación, le será notificado por escrito al investigador principal en un plazo no mayor a 2 días. Este documento deberá contar con el aval del presidente del Comité de Ética y el investigador tendrá la obligación, por medio de un escrito dirigido al presidente del Comité, de brindar alternativas de solución ante estas anomalías.


    8.- Manejo de la Información.

    Toda la información que maneje el Comité de Ética deberá ser manejada con estricta confidencialidad. Toda la documentación que reciba el Comité de Ética, será almacenada bajo llave y solo con previa autorización del presidente del Comité de Ética, ésta información podrá ser revisada o evaluada.

    Será responsabilidad del presidente del Comité elaborar un expediente por cada protocolo que sea aprobado para su ejecución en el Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci. Este expediente deberá contener la siguiente documentación:
    1.- Información científica del producto de investigación.
    2.- Protocolo de investigación.
    3.- Carta de consentimiento.
    4.- Enmiendas al protocolo y/o cartas de consentimiento.
    5.- Formatos de aplicación, revisión, seguimiento, renovación, eventos adversos y reporte final del protocolo.
    6.- Anuncios y propagandas
    6.- Carta de aceptación del Comité de Investigación
    7.- Carta de aceptación de la Secretaría de Salud.
    8.- Documentación expedida por el Comité de Ética.
    9.- Correspondencia.

    Las actividades llevadas a cabo por el Comité de Ética, serán publicadas en la página web del Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci. Esta información será actualizada bimestralmente y las personas interesadas, podrán obtener los formatos de investigación requeridos para someter un proyecto de investigación para ser llevado a cabo en este centro.


    9.- Apoyo al Comité.

    El Grupo de Estudios Médicos y Familiares Carracci tendrá la responsabilidad de apoyar al Comité de Ética para el adecuado cumplimiento de sus funciones:
    1.- Deberá proporcionar el espacio físico requerido para las reuniones del Comité.
    2.- Deberá proporcionar los recursos materiales que sean requeridos (p.ej., fotocopias, papelería) para lograr una ejecución eficaz.
    3.- Proporcionará el apoyo financiero requerido para que sus actividades sean cumplidas.
    " El Comité de Ética nombrará a un tesorero, el cual tendrá la responsabilidad de administrar este fondo económico para el cumplimiento de las actividades del Comité.
    " El Comité de Ética fijará las cuotas monetarias para la evaluación inicial de los protocolos y las reuniones de seguimiento que se realicen.
    " Este apoyo no debe representar un conflicto de intereses para los miembros del Comité, ya que el monto económico que se les otorgue será destinado exclusivamente para el cumplimiento de sus funciones.


    Referencias.

    McGuire C, Chadwick G. Protecting Study Volunteers in Research. A Manual for Investigative Sites. University of Rochester Medical Center, 1999, Boston, MA, USA.

     

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